Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 356

SE CREA CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 38 - APRUEBA LA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - CFP - POF - BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - SEDE - CARGOS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/11/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 20220511- MGEYA-SSCDFTP/18, y CONSIDERANDO: Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa; Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se establece que el Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación e Innovación bajo cuya dependencia se encuentra la Gerencia Operativa de Formación Profesional, dependiente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, la que promueve la creación del Centro de Formación Profesional N° 38; Que el citado Centro de Formación Profesional funcionará en la calle sin nombre oficial N° 2474, manzana 162 G, Sección 15, circunscripción 19, Barrio Padre Carlos Múgica; Que la creación que se propicia, contribuye a cumplimentar la política de inclusión educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque y contemple las necesidades de distintos grupos sociales; Que asimismo, y a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico Funcional, con la cual funcionará la institución; Que el gasto que demanda la creación del referido Centro de Formación Profesional cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Créase, en el ámbito de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional dependiente del Ministerio de Educación e Innovación, el Centro de Formación Profesional N° 38, con sede en la calle sin nombre oficial N° 2474, manzana 162 G, Sección 15, circunscripción 19, Barrio Padre Múgica, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional del referido establecimiento educativo, conforme se detalla en el Anexo I (IF-2018 -20251496-SSCDFTP), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- El gasto que demande la presente gestión será imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación e Innovación, de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña Mura - Miguel