Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12174
Ley 12174/1998 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE PERGAMINO DESTINADO AL ASIENTO DE LA SEDE DE LA COMISARíA 3ª DEL CITADO PARTIDO.
Ley 12174 LEY 12174 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble edificado ubicado en la intersección del Boulevard Paraguay y calle Merlino, de la ciudad de Pergamino, partido de Pergamino, compuesto por tres lotes que se individualizan catastralmente como Circ. II, Sec. C, Ch. 157, Manz. 157gg, Parcs. 10, 11 y 12 y cuyos números de partida son 62.522, 62.523 y 62.524 respectivamente. Inscripción en el Registro de la Propiedad, Matrículas 16.769, 16.770 y 16.771 respectivamente en el partido de Pergamino (082). Todo de acuerdo a plano de mensura, subdivisión y cesión de calle aprobado el 13 de abril de 1988, con sigla 82-29-87 a nombre de la "Cámara de Comercio e Industria de Pergamino" y/o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior será destinado al asiento de la Sede de la Comisaría 3ª de Pergamino. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.