Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 495

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - AGUSTÍN ULANOVSKY - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS REGISTRALES - SUBSECRETARÍA REGISTRO Y MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - SECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/01/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 47418021-GCABA-DGTALMJ/23, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Justicia; Que por su parte, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Asuntos Registrales dependiente de la Subsecretaría Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia; Que, en ese sentido, el señor Ministro de Justicia propicia la designación del señor Agustín Ulanovsky, DNI N° 32.402.242, CUIL N° 20-32402242-3, como Director General de la Dirección General Asuntos Registrales, dependiente de la Subsecretaría Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Agustín Ulanovsky, DNI N° 32.402.242, CUIL N° 20-32402242-3, como Director General de la Dirección General Asuntos Registrales, dependiente de la Subsecretaría Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese. MACRI - Tapia - Grindetti