Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 10029
Decreto-ley 10029/1962 - (DEC-LEY 10029/62)CONSTRUCCION MERCADO Y FRIGORIFICO MUNICIPAL EN PUNTA ALTA Y DESAGUES EN CIUDAD ATLANTIDA,CORONEL ROSALES. MODIFICACION DEL PLAN DE OBRAS PUBLICAS.
Decreto-ley 10029/1962 DECRETO LEY 10029 La Plata , 22 de noviembre de 1962 VISTO el expediente número 2.200-11.791, año 1962, y su agregado número 2.100-9.503/62, por el que el Comisionado Municipal de Coronel de Marina Leonardo Rosales solicita autorización para modificar el destino de inversión de los fondos acordados a esa Comuna por el plan de Obras Públicas para las obras de Apertura de la avenida de Circunvalación y construcción del Matadero Municipal, a fin de destinarlos a reforzar las cuentas especiales "Construcción Mercado y Frigorífico Municipal" y "Trabajos Complementarios de Desagües en ciudad Atlántida", atento lo informado por el Honorable Tribunal de Cuentas, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 11.410, de fecha 26 de octubre del corriente año, que en cumplimiento de normas impartidas oportunamente, autoriza a esta Intervención Federal para dictar el presente Decreto-Ley, EL COMISIONADO FEDERAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO DECRETA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Autorízase al señor Comisionado Municipal de Coronel de Marina Leonardo Rosales, para modificar el destino de inversión de los fondos acordados a esa Comuna por el plan de Obras Públicas, correspondientes a las obras mencionadas en el exordio del presente y que ascienden a la cantidad de cuatro millones cuatrocientos mil pesos moneda nacional ($ 4.400.000 m/n), los que deberán ser utilizados en el refuerzo de las cuentas especiales "Construcción Mercado y Frigorífico Municipal", y "Trabajos Complementarios de Desagües en ciudad Atlántida", en las sumas de $ 500.000 moneda nacional y $ 3.900.000 moneda nacional, respectivamente. ARTÍCULO 2º.- El presente decreto-ley será refrendado por todos los señores ministros secretarios de Estado. ARTÍCULO 3º.- Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése al registro y Boletín Oficial y archívese. TRIGO VIERA Jorge Lascano, Néstor Suárez, Félix Nieva, Aníbal J. Señorans, Carlos A. Floria Lorenzo Munafó Dauccia