Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6344

Ley 6344/1960 - DECLARANDO DE UTILIDAD PúBLICA TERRENO EN “VILLA ESPAñA”, PARTIDO DE QUILMES, PARA UN ESTABLECIMIENTO ESCOLAR.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/11/1960
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6344 LEY 6344 Declarando de utilidad pública terreno en “Villa España”, partido de Quilmes, para un establecimiento escolar. NOTA: Ver Ley 6578 , desafecta lo establecido en el art. 1º. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación, las parcelas 1 a 13 inclusive y 31 a 34 inclusive, de la Manzana 36, Sección M, Zona IV, ubicadas en la localidad de Villa España, partido de Quilmes, con destino a la construcción de un edificio para la habilitación de un establecimiento de carácter escolar. ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.