Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9056
Decreto-ley 9056/1978 - AUTORIZA A LA POLICIA DE LA PROV. DE BS AS. A EFECTUAR COLOCACIONES DE TITULOS Y/O VALORES PUBLICOS POR INTERMEDIO DEL BANCO DE LA PROV. DE BS. AS.
Decreto-ley 9056/1978 DECRETO-LEY 9056/78 LA PLATA , 11 de MAYO de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2203-519414/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 1.1. de la Junta Militar ; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Policía de la Provincia de Buenos Aires a efectuar colocaciones en títulos y/o valores públicos, por intermedio del Banco de la Provincia de Buenos Aires y previa intervención del Ministerio de Economía, de hasta el cien (100) por ciento de las sumas ingresadas en la cuenta denominada “Cuenta de Terceros- Cumplimiento de donaciones y legados - Policía de la Provincia de Buenos Aires - Pro Construcción Hospital Policial” y por plazos que no excedan en cada operación de noventa (90) a ciento veinte (120) días. ARTÍCULO 2.- Las rentas que se obtengan de las colocaciones a que se refiere el artículo anterior, serán depositadas con la misma finalidad y destino en la cuenta mencionada. ARTÍCULO 3.- La Dirección de Administración de Policía efectuará los correspondientes libramientos de pago, y el Banco de la Provincia de Buenos Aires comunicará a dicha repartición y a la Contaduría General de la Provincia los débitos y créditos correspondientes a las operaciones que realice. ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.