Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 66
DESIGNACIÓN - . JAVIER SALAS BULACIO - REPRESENTANTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ASISTIR ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIA Y EXTRAORDINARIAS - AGENCIA DE BIENES SOCIEDAD DEL ESTADO
VISTO: Las Leyes Nros. 5.558 y 5.941, el Decreto N° 481/16 y el Expediente Electrónico N° 5.350.943/MGEYA-ABSE/18, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.558, se creó la Agencia de Bienes S.E., cuyo objeto es llevar adelante políticas de fomento que integren y mejoren la gestión urbana, de la zona individualizada por su artículo 2°, impulsando actividades que procuren el desarrollo humano, sustentable y la innovación; Que el artículo 10 de la mencionada Ley, dispuso que la referida Agencia funcione como ente societario unipersonal, siendo su único accionista el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 481/16 se aprobó el texto del Estatuto de la Agencia de Bienes S.E.; Que, asimismo, el artículo 23 del Anexo I del mencionado Decreto, estableció que "...la sociedad celebrará anualmente no menos de una Asamblea Ordinaria y las extraordinarias que correspondan en razón de las materias a tratar, las que serán convocadas por el Directorio, el Presidente de la Comisión Fiscalizadora o por el Poder Ejecutivo. Serán de aplicación a los efectos del presente artículo los artículos 234 y 235 de la Ley 19.550"; Que el artículo 29 del citado estatuto establece que "...La disolución y liquidación de la sociedad, como así también el procedimiento liquidatorio y la designación de la o las personas que estarán a cargo del mismo, será dispuesta por el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previa autorización de la Legislatura. Una vez canceladas todas las deudas, el remanente de los bienes deberá destinarse a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...". Que por la Ley N° 5.941, se autorizó al Poder Ejecutivo a proceder a la disolución y liquidación de la "Agencia de Bienes S.E." Que, conforme el Acta de Directorio N° 17, suscripta el 31 de enero del 2018, el Directorio de la ABSE S.E. resolvió convocar a Asamblea Extraordinaria, a los efectos de considerar la disolución de la sociedad, para el día 6 de marzo de 2018, a las 16 horas, en la oficina, sita en Estados Unidos N° 40 de esta Ciudad; Que, en un mismo sentido, conforme el Acta de Directorio N° 18, suscripta el 15 de febrero del 2018, el Directorio de la ABSE S.E resolvió convocar a Asamblea General Ordinaria y Asamblea Extraordinaria para el día 6 de marzo de 2018, a las 14 horas, en la oficina, sita en Estados Unidos N° 40 de esta Ciudad; Que el Presidente del Directorio de la Sociedad del Estado notificó al Poder Ejecutivo la fecha de convocatoria a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria antes mencionadas y el Orden del Día correspondiente; Que, conforme lo expuesto, se propicia la designación del Sr. Javier Salas Bulacio, DNI N° 28.987.605, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Asamblea Extraordinaria de la Agencia de Bienes S.E.; Que por Resolución N° 471/MJGGC/2017 se encomendó la atención de los asuntos y firma del despacho del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, al Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte, desde el 9 de diciembre de 2017, hasta la designación del funcionario a cargo de esa cartera Ministerial; Que conforme todo lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desígnase al Sr. Javier Salas Bulacio, DNI N° 28.987.605, para que en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asista a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinarias de la Agencia de Bienes Sociedad del Estado, a celebrarse el día 6 de marzo de 2018 a las 14 y 16 horas respectivamente en la oficina sita en la calle Estados Unidos N° 40, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- Facúltase al representante designado en el artículo anterior para que en uso de las facultades conferidas, dé tratamiento al orden del día que como Anexo I (IF N° 6.302.673/DGTALMMIYT/18) y Anexo II (IF N° 6.302.669/DGTALMMIYT/18) forma
parte integrante del presente.
Artículo 3°.- Establécese que la designación del representante aludido en el artículo 1° del presente, continuará vigente para el caso que se produzca una eventual postergación de las asambleas mencionadas, hasta tanto estas se realicen. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología (Resolución N° 471/MJGGC/17) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Agencia de Bienes Sociedad del Estado y al Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia p/p Miguel