Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 393
DEROGA -ARTÍCULO 2° DECRETO 475-20 - ESTABLECIÓ - ENTONCES SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY 6099 - INCORPORA ARTÍCULO 2° AL DECRETO 99-19 - REGLAMENTACION DEL CODIGO URBANISTICO - ESTABLECE A LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS O AL ORGANISMO QUE EN EL FUTURO LA REEMPLACE AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY 6099
VISTO: las Leyes 6.099 y 6.684, los Decretos 99/19, 475/20, 387/23 y 265/25, el Expediente EX-2025-42142654-GCABA-SSGDU, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto 99/19 se reglamentó el referido Código Urbanístico; Que por el artículo 2° del Decreto 475/20 se estableció a la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, como Autoridad de Aplicación de la Ley 6.099; Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que establece los Ministerios que asisten en sus funciones al Jefe de Gobierno, contemplando en su artículo 2° a la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto 265/25, modificatorio del precitado Decreto 387/23, se modificó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que, asimismo, por el artículo 3° de referida norma se modificó la denominación, las responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por la de Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, dependiente de la mencionada Jefatura; Que, a su vez, mediante el artículo 4° de dicho Decreto se suprimió la mentada Secretaría de Desarrollo Urbano; Que entre las responsabilidades primarias de la citada Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano se encuentran las de implementar la aplicación del Código Urbanístico, del Código de Edificación y de las normas urbanísticas y constructivas que los completen o en el futuro los reemplacen; y de formular y elaborar la normativa que contemple los cambios y las mejoras de los parámetros urbanísticos establecidos en el Código Urbanístico, en base al Modelo Territorial vigente; Que, en función de los cambios de estructura producidos, corresponde establecer a la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, como Autoridad de Aplicación de la Ley 6.099; Que, atento lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Derogar el artículo 2° del Decreto 475/20. Artículo 2°.- Incorporar el artículo 2° al Decreto 99/19, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Establecer a la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley 6.099". Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remitir a la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. MACRI - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 475 2020 <p>Artículo 1° del Decreto 396-25 deroga el artículo 2° del Decreto 475-20.</p> INTEGRA LEY 6099 2018 <p>Artículo 2° del Decreto 396/25 incorpora el artículo 2° al Decreto 99/19 mediante el cual se establece a la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley 6.099.</p> MODIFICA DECRETO 99 2019 <p>Artículo 2° del Decreto 396-25 incorpora el artículo 2° al Decreto 99/19 mediante el cual se establece a la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley 6.099.</p>