Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 36
CREACIÓN - ESCUELA DE EDUCACIÓN PRIMARIA N° 11 DISTRITO ESCOLAR N° 1 - 1° A 7° - JORNADA COMPLETA - CALLE CARLOS PERETTE S-N - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - CARGOS
VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26.206, y su modificatoria Ley N° 27.045, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 33044757/MGEYA- DGEGE/18, y CONSIDERANDO: Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo; Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social; administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación e Innovación, bajo cuya dependencia se encuentra la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que el Ministerio de Educación e Innovación, promueve la creación de la Escuela de Educación Primaria N° 11 Distrito Escolar 1°, contando inicialmente con una sección (1) de 1° a 7° grado de jornada completa, que funcionará en el edificio sito en la calle Carlos H. Perette S/N (sin numeración) en la intersección con Calle 10, de esta Ciudad; Que la creación que se propicia, contribuye a cumplimentar la política de inclusión educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque y contemple las necesidades de distintos grupos sociales, a la vez que responde a la demanda habida para la educación primaria en el citado Distrito Escolar; Que asimismo, y a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico Funcional correspondiente. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Créase la Escuela de Educación Primaria N° 11 Distrito Escolar 1°, contando inicialmente con una sección (1) de 1° a 7° grado de jornada completa, que funcionará en el edificio sito en la calle Carlos H. Perette S/N (sin numeración) en la intersección con Calle 10, de esta Ciudad. Artículo 2°.- Apruébese la Planta Orgánica Funcional conforme lo detallado en el
Anexo (IF-2018-33007585- DGEGE), el que a todos los efectos forma parte integrante
del presente. Artículo 3°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar, cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el artículo 2°. Artículo 4°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida Presupuestaria vigente. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e Innovación, por el señor Ministro de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas y pase a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel