Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14234

Ley 14234/2011 - MODIFICA ARTíCULO 1, DE LA LEY 13777, DE EXPROPIACIóN DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE PERGAMINO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/01/2011
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

EXPROPIACIóN DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE PERGAMINO.

Ley 14234 LEY 14234 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º - Modifícase el artículo 1º, de la Ley 13.777, el que quedará redactado de la siguiente forma. “Artículo 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en el Partido de Pergamino designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 47 f , Parcela 6a, inscripto su dominio en las Matrículas 24.121 y 24.095; Parcela 20a; inscripto su dominio en las Matrículas 22.340 y 22.341, todas ellas a nombre de “Reynoso Hermanos e Hijos S.A.” y/o quien o quienes resultaren sus legítimos propietarios. Asimismo las maquinarias, instalaciones y bienes muebles que como Anexo, según actuación Notarial BAA05632251, forman parte de la presente.” ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diez.