Nación · Ley N° 23323

Ley 23323 - MODIFICACION DEL ARTICULO 3, INCISO B) DE LA LEY 14473, QUE ESTABLECE QUE EL PERSONAL DOCENTE QUE DESEMPEÑA FUNCIONES ELECTIVAS PASA A REVISTAR EN SITUACION PASIVA.

Estado no verificadoSanción: 11/06/1986Publicación B.O.: 12/08/1986Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina ESTATUTO DEL DOCENTE LEY N° 23.323 Sustitúyese el inciso b) del artículo 3° del citado Estatuto. Sancionada: Junio 11 de 1986. Promulgada: Junio 30 de 1986. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Sustitúyese el inciso b) del artículo 3° del Estatuto del Docente por el siguiente: b) Pasiva: Es la situación del personal en uso de licencia o en disponibilidad sin goce de sueldo; del que pasa a desempeñar funciones no comprendidas en el artículo 1°; del destinado a funciones auxiliares por pérdida de sus condiciones, para la docencia activa del que está cumpliendo servicio militar y de los docentes suspendidos en virtud de sumario administrativo o proceso judicial. ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis. C. PUGLIESE V. H. MARTINEZ Hugo Belnicoff Antonio J. Macris — Registrada bajo el N° 23.323 —