Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ordenanza N° 26601

Ordenanza 26601/1972 - VENTA DE PESCADO - FRESCO - ESVICERADOS - FILETEADO - CONGELADO - CONDICIONES -TRANSPORTE - CAMIONES - TÉRMICOS - ABASTECIMIENTO - CONSUMO - BROMATOLOGIA -COMERCIOS MINORISTAS -CONSERVADORAS - HIELO - PRODUCTOS ALIMENTICIOS - HABILITACIONES

Estado no verificadoPublicación B.O.: 24/04/1972Organismo: MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: sin. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ver archivo 1 Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle DEROGADA POR LEY 6316 2020 <p>Art. 26 de la Ley 6316 abroga la Ordenanza 26601. </p> COMPLEMENTADA POR ORDENANZA 39461 1983 <p>Ordenanaza 39461 establece que todos los productos de pesca que ingresen para su comercialización, industrialización y o consumo a la Capital Federal, deberán provenir de la concentración obligatoria en el Mercado Central.</p>