Nación · Ley N° 22063

Ley 22063 - FIJANSE NUEVAS REMUNERACIONES A LOS MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.

Estado no verificadoSanción: 03/09/1979Publicación B.O.: 10/09/1979Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina SALARIOS LEY Nº 22.063 Fíjanse nuevas remuneraciones a los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación. Buenos Aires 3 de setiembre de 1979 En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional. EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º — Sustitúyese a partir del 1º de setiembre de 1979 los Anexos I, II y III de la Ley Nº 21.996, por los adjuntos a la presente ley que forman parte integrante de la misma. Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA. José A. Martínez de Hoz. Alberto Rodríguez Varela. PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

ANEXO I

ANEXO

II

ANEXO

III