Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15022
Ley 15022/2018 - PRORROGA POR UN AÑO LA EMERGENCIA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA, HÁBITAT, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS DECLARADA POR LEY 14812 Y LA EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA DECLARADA POR LA LEY 14815.
Reformas y relaciones normativas
1Ley 15022 LEY 15022 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1 ° .- Prorrógase, a partir de su vencimiento y por el término de un (1) año, la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, declarada por la Ley 14812, que fuera prorrogada por el Decreto 52/17 E. Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo, por única vez y por igual término, en el supuesto de verificarse que las causales que justifican la emergencia persistan, y previa comunicación a la Comisión Bicameral prevista en el artículo 10 de la Ley 14812. ARTÍCULO 2 ° .- Prorrógase, a partir de su vencimiento y por el término de un (1) año, la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, declarada por la Ley 14815 y modificatoria, que fuera prorrogada por el Decreto N° 53/17 E. Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo, por única vez y por igual término, en el supuesto de verificarse que las causales que justifican la emergencia persistan, y previa comunicación a la Comisión Bicameral prevista en el artículo 8 de la Ley 14815. ARTÍCULO 3 ° .- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los doce días del mes de Abril de dos mil dieciocho.