Nación · Disposicion N° 41

ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA - DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SA

Estado no verificadoSanción: 11/03/2026Publicación B.O.: 07/09/2026Organismo: DIRECCION TECNICA SOBRE REGULACION DEL TRABAJO
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO Disposición 41/2026 DI-2026-41-APN-DTRT#MCH Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2026 VISTO el Expediente EX-2024-105280131- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la DI-2025-1540-APN-DNRYRT#MCH, y CONSIDERANDO: Que en la página 3 del documento RE-2024-105279912-APN-DGD#MT del Expediente EX-2024-105280131- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo registrado por la Disposición citada en el visto e identificado bajo el Nº 1949/25, celebrado por la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE) y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1603/19 “E” y conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que en la referida Disposición también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante. Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT, DI-2024-107-APN-DNRYRT#MT y DI-2026-353-APN-DNRYRT#MCH, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT. Por ello, LA DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO DISPONE: ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado del acuerdo registrado por la Disposición DI-2025-1540-APN-DNRYRT#MCH e identificado bajo el Nº 1949/25, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2026-24811610-APN-DTRT#MCH forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Adela Maria Gladys Iemma NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 07/09/2026 N° 63575/26 v. 07/09/2026 ( Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI , AnexoII )