Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 159
APRUEBA PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LICITACIÓN PÚBLICA - CONTRATACIÓN DE LA OBRA DEMARCACIÓN HORIZONTAL EN CALLES AVENIDAS Y CORDONES DE ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN - MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - DELEGA FACULTADES - MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS - CARTA DE PRESENTACIÓN - AUTORIZA ACREDITACIÓN DE PAGOS - JEFATURA DE GOBIERNO
"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD" VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, las Leyes Nros. 473 y 5460 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 1254/08, 127/2014 y 203/2016, el Expediente Electrónico N° 21391151/MGEYA-EMUI /2017; y CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 21/SIGAF/2018, que tiene por objeto la contratación de la obra "DEMARCACIÓN HORIZONTAL EN CALLES, AVENIDAS Y CORDONES DE ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y el Decreto N° 1.254 /08; Que la obra comprende los trabajos de Demarcación Horizontal consistentes en la provisión y aplicación de material termoplástico de calles, avenidas y cordones de aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de mejorar la circulación y seguridad de los conductores y peatones; Que dicha demarcación incluye señalización de sendas peatonales, líneas de frenado, doble eje, carriles, cordones, entre otras según Pliego de Especificaciones Técnicas; Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la realización de la contratación de la obra de referencia; Que el plazo de ejecución de la Obra es de VEINTICUATRO (24) meses, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio; Que el presupuesto oficial de la referida obra asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL VEINTICINCO CON 50/100 ($ 456.515.025,50.-); Que obra en las actuaciones la afectación presupuestaria correspondiente; Que mediante el Decreto N° 1.254 /08, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Mayores; Que por el Decreto N° 203/16, se establecieron los niveles de decisión para las contrataciones de obras públicas; Que conforme surge del artículo 5° inc. a) de Ley N° 473 el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, ente descentralizado en la órbita de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, posee entre sus funciones "...Planificar y ejecutar planes de trabajo relacionados con el mantenimiento correctivo y preventivo de pavimentos, pluviales, alumbrado, aceras y todo otro servicio que tenga relación con el servicio de Mantenimiento Integral de la Vía Pública en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires..."; Que en consecuencia, el mencionado Ente procedió a la confección del Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, la estructura de ponderación de insumos y la planilla de cómputo y presupuesto; Que corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas.; "2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD" Que, entre las funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público establecidas en la Ley de Ministerios N° 5.460, se encuentran las de "Diseñar e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público" y "entender en el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que, atento a lo expuesto y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta conveniente encomendarle al señor titular del Ministerio de Ambiente y Espacio Público la facultad de realizar el llamado a licitación pública y delegarle la facultad de emitir las circulares aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la documentación licitatoria, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación pública, suscribir las pertinentes contratas y dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución de las obras desde su inicio hasta su finalización, así como las modificaciones, ampliaciones de plazo y sus rescisiones, en caso de corresponder, todo ello en el marco de la normativa aplicable; Que, han intervenido la Dirección General de Redeterminación de Precios y la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia, en el marco de la Ley N° 1218; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como