Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5237
Ley 5237/1947 - COMEDOR ESCOLAR DE RAUCH. SUBSIDIO.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/12/1947
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 5237 LEY 5237 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a entregar en calidad de subsidio, y por una sola vez, la suma de tres mil pesos moneda nacional ($ 3.000 m/n ), al Comedor Escolar de la localidad de Rauch. ARTÍCULO 2.- La institución beneficiaria rendirá cuenta detallada de la inversión del subsidio acordado ante la Contaduría General de la Provincia. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de esta ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la presente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.