Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 206

DESIGNACIONES- PRESIDENTE - ANGEL ALEJANDRO AMOR - VICEPRESIDENTE - ALBERTO IGNACIO DE MAIO - DIRECTORES REPRESENTANTES POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EDUARDO BARRAGAN - ROBERTO VILA - GUSTAVO VELEZ - DIRECTORES REPRESENTANTES POR EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - OMAR DOMINGUEZ - DANIEL MENDEZ - DANTE ESCOBAR - SANTIAGO PISTOLETTI - DIRECTOR REPRESENTANTE POR LA ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES - ALDO PERUSSO -  MIEMBROS DEL DIRECTORIO - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2025

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/06/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley 472 (texto consolidado por Ley 6.764), el Decreto 217/21 y modificatorio, el Expediente EX-2025-22964505-GCABA-DGTALMHF, y CONSIDERANDO: Que por la Ley 472 se creó la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.) con carácter de ente público no estatal; Que la mencionada norma establece en su artículo 6° que la misma será administrada por un Directorio integrado por un Presidente, un Vicepresidente y diez Directores, todos los cuales serán designados por el Poder Ejecutivo; Que el citado artículo, a su vez, dispone la designación del Directorio de la siguiente forma: "a) El Presidente a propuesta del Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Ciudad de Buenos Aires; b) el Vicepresidente, por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad; c) cuatro (4) directores, propuestos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; d) cuatro (4) directores, propuestos por el Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Ciudad de Buenos Aires, e) un director, a propuesta de la entidad con personería gremial en la Ciudad de Buenos Aires que agrupe mayoritariamente a los trabajadores docentes que se desempeñan en la Ciudad de Buenos Aires; f) un director, a propuesta de la Asociación de Médicos de la Ciudad de Buenos Aires"; Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que los miembros del Directorio durarán en sus cargos cuatro (4) años y serán rentados, pudiendo ser reelegidos sólo por un nuevo mandato; Que asimismo, el artículo 8° de la precitada Ley establece que los designados en una instancia posterior al inicio de las tareas del cuerpo orgánico finalizarán sus mandatos al expirar el plazo del Directorio en ejercicio a la fecha de su nombramiento; Que oportunamente, por Decreto 217/21 y modificatorio se designó al Directorio de la Ob.S.B.A., a partir del 1° de junio de 2021 finalizando, en consecuencia, su mandato el 31 de mayo del corriente año; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el artículo 6° de la Ley 472, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de junio de 2025, como miembros del Directorio de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires a las personas mencionadas en el

Anexo I (IF-2025-23278834-GCABA-MHFGC), en los cargos y condiciones que allí se

detallan y que a todos los efectos, forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a los interesados dejando constancia de que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por Ley 6.764). Comunicar a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.), a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny