Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8200

Ley 8200/1974 - ACLARACIONES A LA LEY 1244 (CREACION DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/09/1974
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8200 LEY 8200 Aclarando puntos de la Ley 1.244 del 23 de Octubre de 1878 sobre creación del Partido de Marcos Paz. El Senado y CAmara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY ARTICULO 1.- Aclárase el párrafo tercero del artículo 1º de la Ley 1.244, del 23 de Octubre de 1878, de creación de Marcos Paz, que de­fine el límite sudoeste del citado Partido, en la siguiente forma "Al sudoeste, el deslinde dicho de Casas, el deslinde nordeste de Zamudio, Villamayor, o de las propiedades que según catastro actualizado correspondan actualmente, por dicho deslinde, hasta el límite sudoeste de Barrenechea, prolongada hasta el Río de Ma­tanza". ARTICULO 2.- De conformidad con lo establecido en el artículo ante­rior, todo el rectángulo origen Zamudio- Villamayor, -incluido el trazado de la localidad de Villars-, según el plano oficial del Par­tido de Marcos Paz levantado por Carlos Chapeaurouge en el año 1884 pertenecía al de General Las Heras, queda en jurisdicción de este último Partido. ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo deberá efectuar el replanteo y amojonamiento de la línea límite de los Partidos de Marcos Paz y Gene­ral Las Heras por el deslinde que por esta Ley se aclara, y efectuar las consecuentes correcciones y modificaciones a su Nomenclatura Catastral. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.