Nación · Ley N° 12333

Ley 12333 - APRUEBASE EL PROTOCOLO PARA LA CONSTRUCCION DE UN PUENTE INTERNACIONAL SOBRE EL RIO URUGUAY, EN LA ZONA ENTRE PASO DE LOS LIBRES Y URUGUAYANA, FIRMADO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, EL DIA 24 DE MAYO DE 1935, POR LOS PLENIPOTENCIARIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y DE LA REPUBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS DEL BRASIL.

Estado no verificadoSanción: 21/12/1936Publicación B.O.: 11/01/1937Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina TRATADO MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO LEY N.º 12.333 Aprobando el protocolo para la construcción de un puente internacional sobre el Río Uruguay, entre Paso de los Libres y Uruguayana Por cuanto: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1.º - Apruébase el protocolo para la construcción de un puente internacional sobre el Río Uruguay, en la zona entre Paso de los Libres y Uruguayana, firmado en la Ciudad de Buenos Aires, el día 24 de mayo de 1935, por los plenipotenciarios de la República Argentina y de la República de los Estados Unidos del Brasil. Art. 2.º - Autorízase al Poder Ejecutivo de la Nación, para proceder, de acuerdo con los términos de dicho protocolo, a la realización de los estudios, preparación del proyecto y ejecución de las obras, pudiendo invertir a ese efecto la suma de dos millones quinientos mil pesos moneda nacional de curso legal ($ 2.500.000.- m/n. de c/l.). Art. 3.º - Para el cumplimiento de esta ley queda autorizado el Poder Ejecutivo a emitir títulos de crédito público argentino por el valor necesario para cubrir el gasto que se autoriza en el artículo anterior. Art. 4.º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiún días del mes de diciembre del año mil novecientos treinta y seis. JULIO A. ROCA CARLOS M. NOEL Gustavo Figueroa Carlos G. Bonorino Registrada bajo el número 12.333 Buenos Aires, Diciembre 26 de 1936. Por tanto: Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese. JUSTO CARLOS SAAVEDRA LAMAS