Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14620

Ley 14620/2014 - ESTABLECE QUE LA EMERGENCIA DE LA INFRAESTRUCTURA EDILICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA, DECLARADA POR LEY 13795, CONTINUARá VIGENTE POR EL PLAZO DE 12 MESES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/10/2014
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Ley 14620 LEY 14620 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Establécese que la emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, declarada por la Ley № 13.795, continuará vigente por el plazo de doce (12) meses a partir de la publicación de la presente. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los catorce días del mes de agosto del año dos mil catorce.