Nación · Ley N° 24264

Ley 24264 - SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 16 DE LA LEY 24146. PROMULGADA POR DEC. 2321 DEL 11/11/93.

Estado no verificadoSanción: 13/10/1993Publicación B.O.: 17/11/1993Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

EMERGENCIA ECONOMICA EMERGENCIA ECONOMICA Ley Nº 24.264 Prorrógase el plazo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 24.146. Sancionada: Octubre 13 de 1993 Promulgada: Noviembre 11 de 1993 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Prorrógase por el término de trescientos sesenta (360) días el plazo establecido en el artículo16 de la ley 24.146, el que correrá a partir de la finalización de este último. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.