Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 6

DESIGNA - A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2023 - GONZALO MARTÍN STRAFACE - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ARTICULACIÓN PÚBLICO PRIVADA -  SUBSECRETARÍA DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/01/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 47352933-GCABA-DGTALMDHYHGC/23, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la precitada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat; Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Articulación Público Privada dependiente del citado Ministerio; Que, el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia la designación, a partir del 10 de diciembre de 2023, del señor Gonzalo Martín Straface, D.N.I. N° 26.553.811, C.U.I.L. N° 20-26553811-9, como Director General de la Dirección General de Articulación Público Privada dependiente de la Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano, del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Gonzalo Martín Straface, D.N.I. N° 26.553.811, C.U.I.L. N° 20-26553811-9, como Director General de la Dirección General de Articulación Público Privada dependiente de la Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano, del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Grindetti