Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6897
DECLARA BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL - CATEGORÍA EXPRESIONES Y MANIFESTACIONES INTANGIBLES - ORQUESTA DEL TANGO - PRESERVACIÓN
Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/12/2025Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado.
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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la categoría Expresiones y Manifestaciones Intangibles, en los términos del Art. 4° inc. j) de la Ley 1227, a la Orquesta Del Tango De Buenos Aires. Art. 2°.- Se encomienda al Órgano de Aplicación de la citada Ley 1227, implementar los medios necesarios para garantizar la preservación del bien protegido por la presente Ley. Art. 3°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 490 2025