Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 28
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) EFICIENCIA DE RECURSOS Y GASTOS - SUBSECRETARÍA DE HACIENDA - NIVEL RETRIBUTIVO - ESTRUCTURA ORGÁNICA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA FINANZAS - GESTIÓN OPERATIVA - GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - HACIENDA - DIRECCIÓN GENERAL - RELACIONES FISCALES - CRÉDITO PÚBLICO - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - COMPRAS Y CONTRATACIONES - GESTIÓN DE LA FLOTA AUTOMOTOR - REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - UNIDAD INFORMÁTICA DE INFORMACIÓN FINANCIERA - ADMINISTRACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HABERES - CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES - RELACIONES LABORALES - ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO - PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - TESORERÍA - CONTADURÍA - ADJUNTA - OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO (OGEPU) - FUERA DE NIVEL - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES LOTBA SE - BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) EFICIENCIA DE RECURSOS Y GASTOS - SUBGERENCIA OPERATIVA - SOPORTE DE AUDITORÍA I - II - GERENCIAS - SUBGERENCIAS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 684/09 y modificatorios, 463/19 y modificatorios y el Expediente Electrónico N° 03022494-GCABA-DGDSCIV/21, y CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Hacienda y Finanzas; Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por Decreto N° 348/20 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas; Que, en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, resulta conveniente adecuar la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Hacienda y Finanzas en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, sin que esto implique erogación presupuestaria alguna. Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de enero de 2021, la estructura organizativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, de acuerdo con los