Nación · Ley N° 23365
Ley 23365 - SE DA CARACTER DE SUBSIDIO NO REINTEGRABLE A UN PRESTAMO DE 10.000 PESOS ARGENTINOS, OTORGADOS POR EL EX FONDO ALGODONERO NACIONAL A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE VILLA DOS TRECE, EN LA PROVINCIA DE FORMOSA.
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina SUBSIDIOS LEY N° 23.365 Dase carácter de subsidio no reintegrable un préstamo otorgado oportunamente por el Ex Fondo Algodonero Nacional, a la Cooperativa Agropecuaria "Villa Dos Trece" Ltda., de la Provincia de Formosa. Sancionada: Setiembre 3 de 1986. Promulgada: Setiembre 22 de 1986. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUER7A DE LEY: ARTICULO 1° — Dése carácter de subsidio no reintegrable al préstamo de Diez Mil Pesos Argentinos ($a 10.000) otorgado oportunamente por el Ex-Fondo Algodonero Nacional, a la Cooperativa Agropecuaria "Villa Dos Trece" Ltda., de la localidad de Villa Dos Trece, Provincia de Formosa, y que fuera aprobado por Resolución n° 540 de fecha 14 de setiembre de 1979, de la ex-Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería (hoy Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca). ARTICULO 2°— Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los tres días del mesde setiembre de mil novecientos ochenta y seis. J. C. PUGLIESE. EDISON OTERO. Carlos A. Bravo. Antonio J. Macris. — Registrada bajo el N° 23.365 —