Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14606

Ley 14606/2014 - EN TODAS LAS DEPENDENCIAS ESTATALES DE LA PROV.EN LAS QUE SE EXHIBEN CUADROS O CUALQUIER OTRA ICONOGRAFíA ALUSIVA A FUNCIONARIOS DEL ESTADO CONDENADOS POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS SE DEBERá COLOCAR DEBAJO UNA PLACA CON DATOS DEL CRIMINAL.(FRASE)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/09/2014
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 14606 LEY 14606 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°: En todas las dependencias estatales de la Provincia de Buenos Aires en las que se exhiben cuadros, retratos, fotos o cualquier otra iconografía alusiva a funcionarios del Estado condenados por violaciones a los derechos humanos en la República Argentina , se deberá colocar debajo una placa alusiva que señale: nombre y apellido del criminal, fecha en que fue condenado, pena y delito por el que fue condenado, en ese orden y seguido de la frase “Argentina, un país con memoria, verdad y justicia” ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los once días del mes de junio de dos mil catorce.