Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6182

Ley 6182/1959 - EXPROPIACION DE TERRENOS PARA ENSANCHE DE CAMINOS: SAN PEDRO-RIO TALA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/12/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6182 LEY 6182 Expropiación de terrenos para el ensanche del camino San Pedro - Río Tala. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra necesaria para el ensanche hasta cincuenta (50) metros del camino San Pedro a Río Tala, sobre su margen de­recho desde el kilómetro 1.800 al kilómetro 3.621. ARTÍCULO 2.- La fracción de tierra cuya expropiación se dispone por esta Ley está ubicada en el Partido de San Pedro, Circunscripción 5, Polígono A, Parcela 441, y Polígono J, Parcelas 442, 443, 444, 446, 447, 448 y 451, de propiedad de Alfredo Oheim, Angel Natalio Tai­na, Juan Angel Corti, Enrique Azimonti, Enrique Azimonti, Car­los Ambrosio Corti, Pedro Vidal y Sureda, Julio y Hugo Freixedes, respectivamente, o quienes resulten propietarios actualmente. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la presente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.