Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9951
Decreto-ley 9951/1983 - FACULTA AL PODER EJECUTIVO PARA QUE, EN LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUENTAS FISCALES, DEJE DE UTILIZAR, A PARTIR DEL 1/6/83, LOS “CENTAVOS” DE LA UNIDAD MONETARIA INSTITUIDA POR LA LEY NACIONAL 22707.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/06/1983
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Decreto-ley 9951/1983 DECRETO-LEY 9951/83 LA PLATA, 26 de MAYO de 1983. VISTO lo actuado en el expediente número 5400-4366/83 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, en la administración de las cuentas fiscales, deje de utilizar, a partir del día 1º de Junio de 1983, los “centavos” de la unidad monetaria instituida por la Ley Nacional 22707. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.