Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 66
DESIGNA DIRECTOR GENERAL - LUCAS LLAURADO - DIRECCIÓN GENERAL OPERACIÓN DE RECICLADO - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y modificatorio 49/21, el Expediente Electrónico N° 6276920-GCABA- DGTALMEPHU/21, y CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana; Que, por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado Ministerio; Que por Decreto N° 49/21, se modificó a partir del 1° de febrero de 2021 la estructura orgánico funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, modificando la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, la que pasó a denominarse Dirección General Operación de Reciclado; Que, en consecuencia, la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana propicia la designación del señor Lucas Llaurado, D.N.I. N° 27.419.698, C.U.I.L. N° 20- 27419698-0, como Director General de la Dirección General Operación de Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del citado Ministerio; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de febrero de 2021, al señor Lucas Llaurado, D.N.I. N° 27.419.698, C.U.I.L. N° 20-27419698-0, como Director General de la Dirección General Operación de Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.347), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio - Miguel