Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 21070

Decreto-ley 21070/1957 - (DEC-LEY 21070/57)DONANDO SUMA DE DINERO AL CENTRO DE REHABILITACION PARA NIÑOS LISIADOS DE MAR DEL PLATA, CON DESTINO A OBRAS DE CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL SANATORIO ESCUELA PLAN MODELO.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/11/1957
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i i ll | | | \ | DECRETO-LEY N* 21.070 Donando suma al “Centro de Rehabilitación para Niños Lisiados ' de Mar del Plata” | o La Plata, 13 de noviembre de 1957. Visto el expediente 2.100-6.373, año 1957, por el que la entidad 14 7 ' civil denominada “Centro de Rehabilitación para Niños Lisiados”, | con domicilio en la ciudad de Mar del Plata, partido de General | | Pueyrredón, solicita Ja donación de los fondos provenientes de la k ' liquidación del ex partido oficialista, que aún no han sido destina- , dos y que se encuentran depositados en el Banco de la Provincia a | l la orden de la Junta de Recuperación de Bienes, y — | Considerando: | No Que dichos fondos han sido transferidos a la Provincia de i Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto en el articulo 2° del decreto- i ley nacional 11.843/1956. d i 1 y ih - Nt iM ' - . e” poc a Si NR a ann DEIA - E | — 1191 — i Que ya esta Intervencién Federal por decreto 12.367, de fecha . 17 de julio de 1957, recaido en el expediente 2.100-2.225/1956, .dis- puso la donación de fondos de'la misma procedencia con destino a la continuación de las obras de construcción del Sanatorio Escuela “Plan Modelos” que sostiene la Institución recurrente, como concurso y apoyo estatal a la lucha contra el terrible flagelo de la poliomie- litis y a la rehabilitación de sus pequeñas víctimas. Que los bienes cuya donación se solicita, por su procedencia, cehen ser restituidos a la colectividad, en obras de bien común cumpliéndose este propósito al disponer que esos fondos sean desti- nados a la recuperación para la sociedad de la niñez inválida. Por ello, de conformidad con lo informado por la Contaduría } de la Provincia, los dictamenes producidos por los sefiores Asesores Legales y la vista conferida al señor Fiscal de Estado, el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 1% Acuérdase con carácter de donación al “Centro de Rehabilitación para Niños Lisiados de Mar del Plata”, con destino o obras de construcción y equipamiento de Sanatorio Escuela “Plan Modelo” que sostiene dicha Institución, la suma de seiscientos mil pesos moneda nacional. ($ 600.000 ™4), provenientes de los fondos recuperados de la liquidación del ex partido oficialista. Art. 29 La Junta de Recuperación de Bienes, decreto-ley 12.103 año 1956, procederá a transferir a la orden de la Institución favo- recida, la suma de seiscientos mil pesos moneda nacional ($ 600.000 moneda nacional), del saldo sin afectación existente a su orden en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz), en concepto de la donación dispuesta por el artículo anterior, dando conoci- miento del hecho a la Contaduría de la Provincia. Art. 3° La Institución recurrente deberá informar a la Dirección { de Arquitectura- del Ministerio de Obras Publicas sobre la inversion ( que realice en materia de trabajos de construcción suministrando periódicamente y en detalle, información referente a la obra efec- tuada y monto invertido, como asimismo remitir a la Contaduría de la Provincia el balance en que conste la total inversión de los fondos donados. Art. 49 El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. AS Art. 5° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y previa notificación del señor Fiscal de Estado, archívese, Oportunamente dése a la Honorable Legislatura. BONNECARRERE. Juan R. AGUIRRE LANARI, E. CORTÉS, Jaime E. Ruiz, RODOLFO A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGUEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR, |