Nación · Ley N° 147
Ley 147 - APROBACION DE LA CONVENCION POSTAL CELEBRADA CON LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina TRATADOS LEY N° 147 Ley aprobando la convencion postal celebrada con la República Oriental del Uruguay. Departamento de Relaciones Esteriores. Buenos Aires, Agosto 7 de 1865. Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY: Art. 1° - Apruébase la convención postal celebrada en esta ciudad el 14 de Julio de 1865, entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay. Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á los cuatro días del mes de Agosto de mil ochocientos sesenta y cinco. VALENTIN ALSINA.- Cárlos M. Saravia, Secretario del Senado.- ARISTIDES VILLANUEVA.- Bernabé Quintana , Secretaria de la Cámara de Diputados. Por tanto: cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional. PAZ.- Rufino de Elizalde.