Provincia de Buenos Aires · Ley N° 9093

Ley 9093/1978 - EXíMESE DEL PAGO DEL IMPUESTO DE SELLOS Y TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, CELEBRADOS E/ LA SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) Y SU PERSONAL O SUS DERECHO-HABITANTES, PARA LA ADQUISICIóN DE INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA CITADA EMPRESA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 21/07/1978
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 9093 DECRETO-LEY 9093/78 LA PLATA, 23 de JUNIO de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2300-7350/77 y la autorización otorgada por Resolución número 943/78 del señor Ministro del Interior, en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Exímese del pago del Impuesto de Sellos y Tasas por Servicios Administrativos, a los actos y contratos que instrumenten transmisiones de dominio y constitución de derechos reales de garantía, celebrados entre la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) y su personal o sus derecho-habitantes, para la adquisición de inmuebles de propiedad de la citada Empresa, ubicados en el Barrio Residencial General Manuel N. Savio de San Nicolás, con destino a vivienda única, familiar y permanente. ARTÍCULO 2.- La presente Ley tendrá efectos retroactivos y regirá desde el 1º de Diciembre de 1977. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.