Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5913
Ley 5913/1958 - DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA FRACCION DE TIERRA EN AVELLANEDA CON DESTINO A LA DIRECCION DE HIDRAULICA.
Ley 5913 LEY 5913 Declarando de utilidad pública fracción de tierra en Avellaneda con destino a la Dirección Hidráulica Departamento de Obras Públicas EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de 864,86 m2 de tierra, de propiedad de “Thyssen Lametal S.A.I.M.”, ubicada en la Circunscripción II,
Sección K, Manzana 41, Parcelas 1, 37, 38 y 39, del partido de Avellaneda, con
destino a la construcción de un depósito y oficinas para la Dirección de Hidráulica. ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande la expropiación del inmueble declarado de utilidad pública por la presente serán atendidos con cargo a la orden de pago anual de disposición de fondos, dictada por Decreto número 2972/58 y con la siguiente imputación: Plan de Trabajos Públicos 1958, Anexo V, Item 6, Apartado e), Unidad de Obra 45, o en la forma que determinen los respectivos Planes de Trabajos Públicos. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.