Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 127
SE SANCIONA CON EXONERACIÓN - DOCENTE - JEFE DE SECCIÓN DE CICLO BÁSICO - JOSÉ LUIS AZCUA - ESCUELA DE TÉCNICA 31 DE 4 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 3.360/68, la Resolución N° 3.070-MEGC/12, los Expedientes Nros. 2.294.016/12, 1.314.155/11, N° 1.670.787/13, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramitó el sumario administrativo N° 245/2012, ordenado por Resolución N° 3070-MEGC/12 con el objeto de investigar los hechos y deslindar las eventuales responsabilidades con respecto a presuntas irregularidades en el desempeño docente del Sr. José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765), ocurridos en la Escuela Técnica N° 31 Distrito Escolar N° 4; Que abierta la instrucción prestó declaración indagatoria el agente José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765); Que la Dirección General de Sumarios les formuló los respectivos cargos administrativos; Que la Junta de Disciplina intervino en el marco de la competencia que le atribuye el procedimiento, acordando por unanimidad con los cargos formulados; Que se le concedió vista al imputado con el objeto de alegar, sin que efectuara presentación alguna; Que concluida la etapa sumarial la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad (mediante IF-2018-19017059-GCABA-DGSUM) dictaminó, sancionar con exoneración al agente José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765 - F.C. N° 357.062) con arreglo a lo impuesto en el artículo N° 36 de la Ordenanza N° 40.593, por haber transgredido las obligaciones impuestas en los incisos c) y d) del artículo N° 6 del mismo plexo normativo quedando aprehendida su conducta en las previsiones del artículo N° 36 inciso "g" del mismo cuerpo legal; Que la Junta de Disciplina tomó nueva intervención por dictamen Informe N° 29443707-DGCLEI/18 dictaminando la misma sanción aconsejada por la Procuración General de la Ciudad; Que atento a ello corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo aplicando la sanción de exoneración; Que, conforme surge de los actuados, el docente José Luis Azcua, D.N.I. N° 14.577.765 no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551; Que tomó intervención en los presentes actuados la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sanciónase con exoneración al agente José Luis Azcua, D.N.I. N° 14.577.765 por encontrárselo responsable del cargo que le fuera formulado en el sumario N° 245/12, en su carácter de Jefe de Sección de Ciclo Básico de la Escuela de Técnica N° 31 D.E N° 4 del Ministerio de Educación, habiendo infringido los incisos c) y d) del artículo 6° del Estatuto del Docente (Ordenanza N° 40.593), quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el inciso g) artículo N° 36 del citado ordenamiento. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la Ciudad. Notifíquese a José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765) en los términos del artículo N° 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires haciéndole saber que contra el presente y dentro del plazo de diez (10) días podrá interponer el recurso previsto en los artículo N° 50 de la Ordenanza N° 40.593 o el recurso previsto en el artículo N° 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario (Ley N° 189). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel