Nación · Ley N° 25508
Ley 25508 - AUTORIZASE AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS A REALIZAR LAS ADECUACIONES PRESUPUESTARIAS CORRESPONDIENTES CON LA FINALIDAD DE TRANSFERIR AL MENCIONADO INSTITUTO UNA DETERMINADA SUMA EN CONCEPTO DE APORTE DEL TESORO NACIONAL.
INSTITUTO NACIONAL DE INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS Ley 25.508 Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes con la finalidad de transferir al mencionado Instituto una determinada suma en concepto de Aporte del Tesoro Nacional. Sancionada: Noviembre 14 de 2001. Promulgada: Diciembre 6 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Autorízase al señor Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes con el objeto de transferir al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados la suma de 160.400.000 en pesos en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, para cubrir la caída de la recaudación y permitir el funcionamiento y el pago de las prestaciones médicas y sociales brindadas por el Instituto. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.508 — RAFAEL PASCUAL. — EDUARDO MENEM. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.