Nación · Ley N° 25508

Ley 25508 - AUTORIZASE AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS A REALIZAR LAS ADECUACIONES PRESUPUESTARIAS CORRESPONDIENTES CON LA FINALIDAD DE TRANSFERIR AL MENCIONADO INSTITUTO UNA DETERMINADA SUMA EN CONCEPTO DE APORTE DEL TESORO NACIONAL.

Estado no verificadoSanción: 14/11/2001Publicación B.O.: 12/12/2001Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INSTITUTO NACIONAL DE INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS Ley 25.508 Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes con la finalidad de transferir al mencionado Instituto una determinada suma en concepto de Aporte del Tesoro Nacional. Sancionada: Noviembre 14 de 2001. Promulgada: Diciembre 6 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Autorízase al señor Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes con el objeto de transferir al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados la suma de 160.400.000 en pesos en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, para cubrir la caída de la recaudación y permitir el funcionamiento y el pago de las prestaciones médicas y sociales brindadas por el Instituto. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.508 — RAFAEL PASCUAL. — EDUARDO MENEM. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.