Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 104
VIGENCIA: A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 2026 - DEROGA - DECRETO 93/24 - APRUEBA - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ESTRUCTURAS HOSPITALARIAS - CARRERA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. TEODORO ÁLVAREZ - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS BERNARDINO RIVADAVIA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. CARLOS G. DURAND - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DRA. CECILIA GRIERSON - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. JUAN A. FERNÁNDEZ - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ MARÍA PENNA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. IGNACIO PIROVANO - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ M. RAMOS MEJÍA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACIÓN F. SANTOJANNI - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNÚ - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS PEDRO DE ELIZALDE - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. RICARDO GUTIÉRREZ - HOSPITAL DE ONCOLOGÍA MARÍA CURIE - HOSPITAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS FRANCISCO J. MUÑIZ - HOSPITAL MATERNO INFANTIL RAMÓN SARDÁ - HOSPITAL DE REHABILITACIÓN MANUEL ROCCA - HOSPITAL DE QUEMADOS DR. ARTURO U. ILLIA - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA DR. JOSÉ DUEÑAS - HOSPITAL DE OFTALMOLOGÍA SANTA LUCÍA - HOSPITAL DE OFTALMOLOGÍA DR. PEDRO LAGLEYZE - HOSPITAL DE REHABILITACIÓN RESPIRATORIA MARÍA FERRER - INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA DR. RAMÓN CARRILLO - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL BENITO QUINQUELA MARTÍN - HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA DR. CARLOS B. UDAONDO - INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR - HOSPITAL DE SALUD MENTAL DR. JOSÉ T. BORDA - HOSPITAL DE SALUD MENTAL DR. BRAULIO MOYANO - HOSPITAL DE EMERGENCIAS PSIQUIÁTRICAS TORCUATO DE ALVEAR - HOSPITAL INFANTO JUVENIL DRA. CAROLINA TOBAR GARCÍA - CENTRO DE SALUD MENTAL N° 3 DR. ARTURO AMEGHINO
VISTO: Las Leyes 6.035 y 6.684, el Decreto 93/24, Expediente EX-2026-11571678- GCABA-DGAYDRH, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales; Que la Ley 6.684 sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que contempla en su artículo 2°, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Salud; Que la Ley 6.035 reguló las relaciones de empleo público de los Profesionales de la Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto 93/24 se aprobó estructura orgánico funcional de la Carrera de los Profesionales de la Salud en el marco de la Ley 6.035, para los Hospitales Generales de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", "Dr. Cosme Argerich", "Bernardino Rivadavia", "Dr. Carlos G. Durand", "Dra. Cecilia Grierson", "Dr. Juan A. Fernández", "José María Penna", "Dr. Ignacio Pirovano", "Parmenio Piñero", "José M. Ramos Mejía", "Donación F. Santojanni", "Dr. Enrique Tornú" "Dalmacio Vélez Sarsfield", "Dr. Abel Zubizarreta"; de los Hospitales Generales de Niños "Pedro de Elizalde" y "Dr. Ricardo Gutiérrez"; el Hospital de Oncología "María Curie", Hospital de Enfermedades Infecciosas "Francisco J. Muñiz", Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", Hospital de Rehabilitación "Manuel Rocca", Hospital de Quemados "Dr. Arturo U. Illia", Hospital de Odontología "Dr. José Dueñas", Hospital de Oftalmología "Santa Lucía", Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze", Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Hospital de Odontología "Dr. Ramón Carrillo", Hospital de Odontología Infantil "Benito Quinquela Martín", Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos B. Udaondo", Instituto de Zoonosis Luis Pasteur; Hospital de Salud Mental "Dr. José T. Borda", Hospital de Salud Mental "Dr. Braulio Moyano", Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García" y el Centro de Salud Mental N° 3 "Dr. Arturo Ameghino"; Que, en consecuencia, corresponde modificar la estructura organizativa del Ministerio de Salud, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo y una mayor eficiencia de sus competencias; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Derogar el Decreto 93/24. Artículo 2°.- Aprobar la estructura orgánico funcional de la Carrera de los Profesionales de la Salud en el marco de la Ley 6.035, para los Hospitales Generales de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", "Dr. Cosme Argerich", "Bernardino Rivadavia", "Dr. Carlos G. Durand", "Dra. Cecilia Grierson", "Dr. Juan A. Fernández", "José María Penna", "Dr. Ignacio Pirovano", "Parmenio Piñero", "José M. Ramos Mejía", "Donación F. Santojanni", "Dr. Enrique Tornú" "Dalmacio Vélez Sarsfield", "Dr. Abel Zubizarreta" y de los Hospitales Generales de Niños "Pedro de Elizalde" y "Dr. Ricardo Gutiérrez", de acuerdo con los