Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14590

Ley 14590/2014 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE SANTA CLARA DEL MAR, PARTIDO DE MAR CHIQUITA, DESTINADO A LA REALIZACIóN DE UN PASEO PúBLICO, ANFITEATRO, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y ESPACIOS CULTURALES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/07/2014
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 14590 LEY 14590 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la localidad de Santa Clara del Mar, partido de Mar Chiquita, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección G, Manzana 227, inscripto su dominio en la Matrícula N º 20.864 (069) Mar Chiquita, con todo lo edificado, plantado y sus accesorios ornamentales; a nombre de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares dominiales. ARTÍCULO 2°. El inmueble citado en el artículo 1° será transferido a la Municipalidad de Mar Chiquita y destinado a la realización de un paseo público, anfiteatro, obras de infraestructura y espacios culturales. ARTÍCULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido por la presente Ley será atendido con cargo al Presupuesto de la Municipalidad de Mar Chiquita. ARTÍCULO 4°. Autorízase a la Municipalidad de Mar Chiquita a implementar e impulsar todas las tramitaciones que resulten necesarias a los efectos de cumplimentar la presente Ley. ARTÍCULO 5°. Exceptúase a la presente Ley de los alcances del artículo 47 de la Ley N ° 5.708 - T.O . por Decreto N° 8.523/86- y sus modificatorias, estableciéndose en cinco (5) años el plazo para considerar abandonada la expropiación respecto del inmueble consignado en el artículo 1°. ARTÍCULO 6°. Declárase de urgencia la expropiación dispuesta por la presente Ley, en los términos del artículo 38 de la Ley N ° 5.708 - T.O . por Decreto N° 8.523/86- y sus modificatorias. ARTÍCULO 7°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los trece días del mes de marzo del año dos mil catorce.