Nación · Ley N° 22750

Ley 22750 - ACUERDASE A LA SEÑORA PAMELA MARGARET MC LEOD DE REED UNA PENSION GRACIABLE VITALICIA.

Estado no verificadoSanción: 23/02/1983Publicación B.O.: 25/02/1983Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina PENSIONES GRACIABLES LEY N° 22.750 Acuérdase una Pensión Graciable Vitalicia. Buenos Aires, 23 de febrero de 1983. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMUGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° — Acuérdase a la señora Pamela Margaret Mc Leod de Reed, C.I. N° 8.389.735 —P. Federal—, una pensión graciable vitalicia cuyo monto mensual será equivalente a seis (6) veces el haber mínimo de jubilación ordinaria que perciben los beneficiarios del régimen nacional de jubilaciones y pensiones para trabajadores en relación de dependencia, compatible con cualquier otro ingreso sin limitación alguna. ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo al Artículo 8° de la Ley N° 18.820. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. BIGNONE Adolfo Navajas Artaza