Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6725

ESTABLECE - OPCIÓN DE GRATUIDAD PARA LA APERTURA Y MANTENIMIENTO MENSUAL DE UNA CUENTA CORRIENTE EN EL BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CLUBES DE BARRIO - ÁMBITO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INSCRIPTOS EN EL REGISTRO ÚNICO DE INSTITUCIONES DEPORTIVAS (RUID)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/07/2024Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se establece para los Clubes de Barrio que funcionan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentran inscriptos en el Registro Único de Instituciones Deportivas (RUID) la opción de gratuidad para la apertura y mantenimiento mensual de una cuenta corriente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Art. 2°.- Quedan alcanzados aquellos Clubes de Barrio que ya posean cuentas activas como aquellos que en un futuro las soliciten. Art. 3°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 18 de julio de 2024 Por medio de la presente, certifico que la Ley 6725, en trámite por expediente electrónico N° 23920636-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de junio de 2024, ha quedado automáticamente promulgada el 6 de julio de 2024 en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Kamian