Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 293

ACEPTA - INSTITUCIÓN DE HEREDERO - A FAVOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS PEDRO DE ELIZALDE - EFECTUADA POR ARMANDA MARÍA CARBONE - CARBONE, ARMANDA MARÍA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA - EXPEDIENTE JUDICIAL N° 31204/21

Estado no verificadoPublicación B.O.: 24/10/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente Electrónico N° 37343890-GCABA-DGAIP/22, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aceptación de la institución de heredero sin cargo a favor del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgado por la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "CARBONE, ARMANDA MARIA s/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", Expediente Judicial N° 31204/21, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 66, Secretaría Única de esta Ciudad; Que la causante, Armanda María Carbone, ha otorgado testamento, protocolizado por Escritura Pública Número 324, de fecha 18 de junio de 2009, Folio 916 del Registro Notarial N° 231, autorizada por el Escribano Raúl Mariano Vega Olmos, Matrícula 2760, mediante el cual se instituyó como uno de sus universales herederos al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde" de esta Ciudad; Que habiendo fallecido la señora Armanda María Carbone el día 31 de enero de 2021, conforme surge de la partida de defunción agregada en los autos mencionados, corresponde aceptar la institución de heredero de acuerdo a los términos del testamento; Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas por cumplir; Que la causante en su testamento puso de manifiesto que sus bienes resultarán de los títulos de propiedad, y demás documentación que aparecieran el día de su fallecimiento; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención conforme lo establecido en la Ley N° 1.218, y considera conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la aceptación de la institución de heredero efectuada por la causante a favor del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde"; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 inciso 16 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aceptar la institución de heredero efectuada por la señora Armanda María Carbone a favor del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "CARBONE, ARMANDA MARÍA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", Expediente Judicial N° 31204/21, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 66, Secretaría Única de esta Ciudad. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Salud, de Hacienda y Finanzas, al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel