Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 452

DESIGNA DIRECTORES GENERALES - MARIA VICTORIA ALCARAZ - DIRECCIÓN GENERAL COOPERACIÓN CULTURAL - CAROLINA PAOLA CORDERO - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO - PEDRO RAMON APARICIO - DIRECCIÓN GENERAL PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - MINISTERIO DE CULTURA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/12/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y el Expediente Electrónico N° 46244355-GCABA-MCGC/23, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura; Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Gestión Cultural, dependiente del citado Ministerio; Que, en consecuencia, la señora Ministro de Cultura propicia las designaciones de las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-46773040-GCABA-MCGC) que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-46773040-GCABA-MCGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. MACRI - Ricardes - Grindetti