Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13665
Ley 13665/2007 - DECLARA BIEN DE INTERÉS HISTÓRICO Y CULTURAL AL EDIFICIO Y TODOS LOS ELEMENTOS DE VALOR HISTÓRICO QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO DE LA EGB N° 1 BERNARDINO RIVADAVIA DE LA CIUDAD DE CAPILLA DEL SEÑOR, PARTIDO DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/05/2007
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 13665 LEY 13665 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárese Bien de Interés Histórico y Cultural incorporado definitivamente al patrimonio cultural de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley 10.419, al edificio y todos los elementos de valor histórico que integran el patrimonio de la EGB N° 1 Bernardino Rivadavia, sito en calle Rivadavia N° 439 de la ciudad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.