Nación · Ley N° 2703
Ley 2703 - OBJETO CUMPLIDO-APRUEBA DECRETO QUE DECLARA EL ESTADO DE SITIO EN TODA LA REPUBLICA
Ley aprobando el Decreto que declara en estado de sitio el Territorio Ley aprobando el Decreto que declara en estado de sitio el Territorio de la República y movilizando la Guardia Nacional. Ley Nº 2703 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de-- LEY: Art. 1° Se aprueba el Decreto espedido por el Poder Ejecutivo con fecha 26 del corriente mes, declarando en estado de sitio el Territorio de la República y ordenando la movilización de la Guardia Nacional. Art. 2° Queda limitado el estado de sitio el municipio de la Capital por el tiempo que el Poder Ejecutivo lo estime necesario. Art. 3° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á treinta de Julio de mil ochocientos noventa. JULIO A. ROCA. C. A. MANSILLA. B. Ocampo, Alejandro Sorondo, Secretario del Senado. Secretario de la C. de D. D. (Rejistrado bajo el N° 2703). Departamento del Interior. Buenos Aires, Agosto 1° de 1890. Téngase por Ley de la Nación. Comuníquese, publíquese é insértese en el Rejistro Nacional. PELLEGRINI.