Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6277
Ley 6277/1960 - FACULTANDO AL MINISTERIO DE EDUCACION PARA QUE DISPONGA EL NOMBRAMIENTO DE PERSONAL EN ESCUELAS PROFESIONALES DE BAHIA BLANCA, TANDIL Y LANUS.
E ll o. UE a ee oe LEY 6.277 Nombramiento de personal en Escuelas Profesionales de Bahía Blanca, Tandil y Lanús El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, ; sancionan con fuerza de : : ‘ LEY: Art. 19 Facúltase al Ministerio de Educación para que, apartan- dose de las disposiciones del Estatuto del Personal Docente y con : carácter de excepción, disponga el nombramiento del personal di-- rectivo, docente, administrativo, de servicio y de maestranza, de las escuelas profesionales número 3, del distrito de Bahía Blanca, nú- mero 3, de Tandil y número 8, de Lanús, que a la fecha de promul- . gación de la presente ley se encuentren prestando servicios y que por imperio de las disposiciones del Estatuto no pudieron ser desig- nados en su oportunidad. . Art. 22 Comuníquese al Poder Ejecutivo. : Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos . Aires, en la ciudad de La Plata, a veintiocho dias del mes de julio de mil novecientos Besenta. . J : HÉCTOR PORTERO. . ARTURO. A. CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, | Secretario de la C. de DD. Secretario del Senado. a Departamento de Educación. d La Plata, 8 de agosto de 1960. E Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín “ Oficial” y archívese. a ‘ ALENDE. 4 ATAGLFO PÉREZ AZNAR. . Decreto N° 8,442, E Registrada bajo el número seis mil doscientos setenta y siete : E (62D. : . q Fairs Díaz O'KELLY. E ——_— 4 TRAMITE LEGISLATIVO a Proyecto del diputado Cabrera, entrado en Diputados el 12 de junio de 1958. a Aprobado el 27 de agosto de 1959, 3 Sancionada por Senado el 28 de julio de 1960. a Promulgada el 8 de agosto de 1960. E Publicada en el “Boletín Oficial” el 18 de agosto de 1960. Ñ . 4 . =1- 3% LA = A . ~ ~ ° ~