Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7804
Ley 7804/1971 - (DEROGADA POR LEY 9790) ADHESION A LA LEY NACIONAL 19118 (IMPUESTOS NACIONALES Y MUNICIPALES: ESPACIOS PARA VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS).
Reformas y relaciones normativas
2- Decreto-ley 9790/1981 - DEROGA LEY 7804, POR MEDIO DE LA CUAL LA PROVINCIA ADHIERE A LA LEY NACIONAL 19118. (EXENCION IMPUESTOS - VENTA Y DISTRIBUCION PUBLICA DE DIARIOS Y REVISTAS)
- Decreto-ley 9790/1981 - DEROGA LEY 7804, POR MEDIO DE LA CUAL LA PROVINCIA ADHIERE A LA LEY NACIONAL 19118. (EXENCION IMPUESTOS - VENTA Y DISTRIBUCION PUBLICA DE DIARIOS Y REVISTAS)
Ley 7804 DEROGADA POR LEY 9790 DECRETO-LEY 7804/71 Adhesión a la Ley Nacional 19.118. LA PLATA, 24 de DICIEMBRE de 1971. VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 717/971, artículo 1º, apartado 9.2., y la Política Nacional Nº 119, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- En adhesión a la Ley Nacional 19.118, decláranse exentos de impuestos, tasas, contribuciones, derechos u otro gravamen, cualquiera sea su característica o denominación, el uso o la ocupación de espacios destinados a la venta y distribución pública de diarios y revistas. La exención alcanza a las cargas y/o prestaciones que pudiera corresponder satisfacer a los usuarios, ocupantes o concesionarios de espacios ubicados en edificios públicos o en los de entidades descentralizadas, cedidos en uso por el Estado. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.