Nación · Ley N° 27748

Ley 27748 - APRUEBASE LA CONVENCION I DE 1907 PARA EL ARREGLO PACIFICO DE LOS CONFLICTOS INTERNACIONALES, FIRMADA EN LA HAYA –REINO DE LOS PAISES BAJOS–, EL 18 DE OCTUBRE DE 1907, QUE CONSTA DE NOVENTA Y SIETE (97) ARTICULOS, CUYA FOTOCOPIA AUTENTICADA FORMA PARTE DE LA PRESENTE LEY.

Estado no verificadoSanción: 14/08/2024Publicación B.O.: 09/09/2024Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina CONVENCIONES Ley 27748 Aprobación. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: Artículo 1º- Apruébase la CONVENCIÓN I DE 1907 PARA EL ARREGLO PACÍFICO DE LOS CONFLICTOS INTERNACIONALES, firmada en La Haya –REINO DE LOS PAÍSES BAJOS–, el 18 de octubre de 1907, que consta de NOVENTA Y SIETE (97) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley. Artículo 2°- Al procederse a la ratificación, deberá formularse la siguiente reserva: “La REPÚBLICA ARGENTINA no se considera obligada por las disposiciones de los artículos 53, 54 y 58 de esta Convención”. Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. REGISTRADO BAJO EL N° 27748 VICTORIA VILLARRUEL - MARTIN ALEXIS MENEM - Agustín Wenceslao Giustinian - Adrián Francisco Pagán NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 09/09/2024 N° 61622/24 v. 09/09/2024 ( Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos )