Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 319
SE MODIFICAN - ESTRUCTURAS ORGÁNICO FUNCIONALES - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS - BERNARDINO RIVADAVIA - HOSPITAL DE SALUD MENTAL - DR. BRAULIO MOYANO - HOSPITAL DE SALUD MENTAL - DR. JOSE T. BORDA - HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA - DR. CARLOS BONORINO UDAONDO - HOSPITAL OFTALMOLÓGICO SANTA LUCÍA - HOSPITAL OFTALMOLÓGICO - DR. PEDRO LAGLEYZE - JEFE DE GOBIERNO
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto Nro. 188/94 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 29103071-GCABA- DGAYDRH/21 y, CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Salud; Que mediante Decreto N° 188/94 se aprobó la estructura orgánico funcional del Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, el Hospital de Salud Mental Dr. Braulio Moyano, el Hospital de Salud Mental Dr. Jose T. Borda, el Hospital de Gastroenterología Dr. Carlos Bonorino Udaondo, el Hospital oftalmológico Santa Lucía y el Hospital oftalmológico Dr. Pedro Lagleyze; Que, en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, resulta conveniente adecuar la estructura organizativa de los mencionados hospitales a fin de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo y una mayor eficiencia de sus competencias; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de octubre de 2021, la estructura orgánico funcional del Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, el Hospital de Salud Mental Dr. Braulio Moyano, el Hospital de Salud Mental Dr. Jose T. Borda, el Hospital de Gastroenterología Dr. Carlos Bonorino Udaondo, el Hospital oftalmológico Santa Lucía y el Hospital oftalmológico Dr. Pedro Lagleyze, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 188/94, de acuerdo con los