Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 357

CREA - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR NÚMERO 30 - SEDE - CALLE HORTIGUERA 420 - DIRECCIÓN DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL

Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/11/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza N° 40.593 y sus modificatorias, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 20.051.894/MGEYA-SSCDFTP/18, y CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires, la que en su Título I, Capítulo IV, artículo 8, Apartado VII, Punto c) contempla a los Institutos de Formación Técnica Superior; Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa; Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fijando entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, dependiente del Ministerio de Educación e Innovación, la de diseñar las políticas de formación técnica profesional orientadas a la inserción en el ámbito laboral y articular las funciones de los organismos a su cargo, como es la Dirección de Formación Técnica Superior; Que el Ministerio de Educación e Innovación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMYP) han suscripto un Convenio de Cooperación para el desarrollo de acciones conjuntas de Formación Técnica Superior; Que para el desarrollo de tales acciones educativas resulta necesario la creación de un Instituto de Formación Técnica Superior en el cual se implementarán las acciones educativas de nivel superior no universitario; Que dicho Instituto, tendrá su sede en un edificio provisto por CAMYP sito en la calle Hortiguera N° 420 de esta Ciudad de Buenos Aires; Que el gasto que demanda la creación del Instituto de Formación Técnica Superior cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Créase el Instituto de Formación Técnica Superior N° 30 con sede en la calle Hortiguera N° 420 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de la órbita de la Dirección de Formación Técnica Superior dependiente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional del Ministerio de Educación e Innovación. Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional del referido establecimiento educativo, conforme se detalla en el Anexo I identificado como IF-2018-26791549- SSCDFTP, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- El gasto que demande la presente gestión será imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e Innovación, por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional y a la Dirección de Formación Técnica Superior, ambas dependientes del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel