Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 95
APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONTRATACIÓN - SERVICIO PROVISIÓN INTEGRAL DE EQUIPAMIENTOS TEMPORARIOS Y SUS COMPLEMENTOS EN ESPACIOS FÍSICOS - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 326/17 y 29/18, las Resoluciones Nros. 9-UPEJOL/18, 18-UPEJOL/18, 21-UPEJOL/18 y 26- UPEJOL/18, el Expediente N° 9.517.385/MGEYA-UPEJOL/2018 y Expediente N° 29.358.390/MGEYA-UPEJOL/2018 que corre asociado, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 29/18 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del "Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", por un monto estimado de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS SEIS CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 478.907.506,32.-) y un plazo de doscientos cuarenta y cinco (245) días; Que, a la vez, se delegó en el titular del Organismo fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" la facultad de efectuar el llamado, emitir circulares, modificar la fecha fijada para el acto de apertura de ofertas, designar la Comisión de Evaluación de Ofertas, aprobar el procedimiento, y adjudicar la licitación, incluyendo la ampliación del total adjudicado, la prórroga del plazo de duración, sus redeterminaciones, y la rescisión del contrato suscripto, en caso de corresponder, de conformidad con la normativa aplicable; Que por Resolución N° 9-UPEJOL/18 el titular del Organismo citado llamó a Licitación Pública N° 9982-1837-LPU17, al amparo de lo establecido en la Ley N.° 2.095 y el Decreto Reglamentario N.° 326/17, para la contratación del "Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", y fijó fecha de apertura de ofertas para el día 22 de febrero de 2018 a las 11:00 horas; Que a través de las Resoluciones Nros. 18-UPEJOL/18, 21-UPEJOL/18 y 26- UPEJOL/18 se postergó sucesivamente la fecha de apertura de ofertas, fijándosela en definitiva para el día 26 de marzo de 2018 a las 11 horas; Que por Resolución N°43-UPEJOL/18 se dejó sin efecto el proceso licitatorio aludido; Que la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" ha reformulado los Pliegos de Especificaciones Técnicas, en atención a la importante cantidad de consultas de orden técnico surgidas durante el llamado a licitación pública anterior y que dieran motivo a la necesidad de readecuar los mismos, a los fines de asegurar la mayor participación y concurrencia de oferentes a la nueva convocatoria; Que los citados pliegos se encuentran en un todo acorde con los lineamientos reseñados por el Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, del cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es parte, para la contratación del "Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018"; Que dicha contratación es objeto de la Licitación Pública N° 9982-0479-LPU18 que tramita por el Expediente Electrónico N° 9.517.385/MGEYA-UPEJOL/2018; Que el presupuesto oficial asciende a la suma de pesos SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 650.000.000.-); Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición N° 1274-DGCYC/17 por la Directora General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo con las facultades otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j) y Artículo N° 87 de la Ley N° 2.095; Que las Direcciones Generales Redeterminación de Precios y Compras y Contrataciones dependientes del Ministerio de Hacienda han tomado la intervención de sus competencias en el marco de la Licitación Pública que fuera dejada sin efecto y el área propiciante ha puesto de relieve que los elementos que imponen la intervención de aquéllas no han variado en los pliegos que ahora propone, por lo que no resultan necesarias sus nuevas intervenciones; Que, por el artículo 1° del Decreto N° 34/16 se estableció que, en caso de ausencia o vacancia del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, el reemplazante es el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte; Que, por Resolución N° 471/MJGGC/17 se encomendó al Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte la atención de los asuntos y firma del despacho del Sr. Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología desde el día 9 de diciembre de 2017, hasta la designación del funcionario a cargo de esa cartera Ministerial; Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la Ley N° 1.218. Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el anexo II del Decreto Reglamentario N° 326/17, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus